El 23 de Septiembre se aprobó mediante Resolución conjunta entre el Ministerio de Gobierno y Salud Pública de la Provincia de Misiones la posibilidad de reuniones presenciales para entidades civiles y comerciales sujetas al contralor de la Dirección General de Personas Jurídicas y Registro Pùblico. El máximo de personas permitidas es de ocho (8) personas, por lo que este protocolo podrá ser utilizado para asambleas de accionistas, reuniones de directorios, reuniones de comisiones directivas, reuniones de consejos de administración de fundaciones y cualquier otro órgano estatutario cuyos integrantes con derecho a voto no supere la cantidad máxima permitida.
El protocolo lo podrás descargar desde nuestra página en la sección (menú) Covid19.